El Ministerio de Trabajo expidió la Ley 2208 del 17 de mayo de 2022, con el propósito de establecer incentivos económicos para las empresas que contratante población pospenada, con el objetivo de fortalecer el acceso y las oportunidades de empleo para las personas que han sido condenadas por algún delito, con una pena privativa de la libertad y que se encuentren en tres situaciones, la primera es que ya haya recuperado su libertado; la segunda habla de personas que cuenten con un permiso de trabajo mientras cumplen con la pena y personas que tengan una suspensión provisional de la pena con autorización de trabajo.
Con la entrada en vigencia de esta norma, se pretende promover el acceso del empleo formal de la población anteriormente descrita, lo cual se busca articular con diferentes entidades como el Servicio Nacional de Aprendizaje, para que por medio de los programas de formación se facilite la reinserción laboral.
Ahora bien, acerca de los incentivos económicos que establece la norma, es menester tener claro que corresponden a descuentos en el pago de parafiscales asociados al pago de la nómina, por lo cual se disponen de unos porcentajes sobre los cuales se realizarán los pagos correspondientes a cajas de compensación familiar, lo cual se hace efectivo con el cumplimiento de varios requisitos, uno de ellos es que las empresas certifiquen una planta de 100 empleados o más, adicionalmente, que el tiempo de contratación sea igual al tiempo de duración de los beneficios, para que por medio de la distinción del sello de segundas oportunidades se amplíe el nivel de empresas que incorporen dentro de su personal al menos un trabajador que haga parte de la población.