¿Se debe tener en cuenta el auxilio de conectividad para liquidar las prestaciones sociales?

Actualidad Jurídica Empresarial
Actualizado 2022/10/10 at 11:00 AM

El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones expidió el Decreto Legislativo 771 de 2020, por medio del cual dispuso que el auxilio de transporte previsto en la Ley 15 de 1959, debía ser reconocido como auxilio de conectividad digital para aquellos trabajadores que devenguen hasta dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes. Lo anterior, debido a que algunos trabajadores con ocasión de la contingencia presentada por el COVID-19 se encuentran realizando sus labores desde sus domicilios, mediante el uso de las tecnologías de la información y de la comunicación –TIC–.

En lo que respecta al interrogante en cuestión, primero deben considerarse dos aspectos:
1. El auxilio de transporte tiene como finalidad subsidiar parte del gasto en el que incurre el trabajador al trasladarse hacia su sitio de trabajo.

2. El artículo 7 de la Ley 1 de 1963 establece que este auxilio debe ser incluido para la liquidación de prestaciones sociales, esto es, (prima de servicios y cesantías) para aquellos trabajadores que tienen derecho a percibirlo.

Atendiendo a lo dicho, el decreto en mención establece que el auxilio de conectividad digital deberá ser reconocido a cambio del de transporte y por el mismo valor. Por lo anterior, el auxilio de conectividad funciona igual que el de transporte, aplicando las mismas condiciones, por lo que, el artículo 7 de la ley 01 de 1963, señala que el auxilio se incluye en las liquidaciones de las prestaciones sociales (la prima y las cesantías).

Por lo tanto, se tiene que, al cumplir la misma función del auxilio de conectividad se debe subsidiar parte del gasto en el que está incurriendo el trabajador por realizar las labores desde su hogar. Los auxilios de conectividad y transporte no son acumulables, por lo que en caso de que el trabajador esté suspendido en ejercicio de sus funciones, en vacaciones o por uso de licencia, el beneficio no se entregará.

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