La Superintendencia de Industria y Comercio actualizó las instrucciones que por parte de los establecimientos de comercio se le deben dar a los consumidores acerca de los precios y la voluntad de la propina.
Respecto del precio, este deben informarse al consumidor a través de una lista de precios o de cartas físicas, pues el uso de medios tecnológicos es facultativo y no sustituye la obligación de informar los precios. Así mismo, si el establecimiento elige el sistema de carta de precios, debe ser visible a los consumidores para que puedan consultar los precios antes de ingresar y los mismos no pueden ser anunciados con expresiones indeterminadas o confusas como “según el tamaño”, “según el peso” o valores como “20K”, señalo la SIC.
Por su parte, los cambios respecto de la propina atienden a la voluntariedad del consumidor hacia las personas que hacen parte de la cadena de servicios. El establecimiento puede sugerir el valor de la propina siempre que este no supere el 10 % del valor del servicio prestado, y al respecto, se le debe preguntar al consumidor, cuando este solicita su cuenta, si desea incluirla en la factura o si desea pagar una cuantía diferente.
Además, el consumidor puede decidir no pagar la propina o modificar su valor y en la entrada del establecimiento, tanto las cartas como la lista de precios, deben informar a los consumidores sobre la voluntariedad de la propina. En caso de inconvenientes en el cobro y/o valor de la misma, se debe presentar la queja ante la SIC.
Estas modificaciones entraron en vigencia a partir del 5 de septiembre del año en curso, es decir, todos los establecimientos de comercio que manejen esta modalidad deberán acatar las instrucciones para el manejo de propinas.