Dentro de las relaciones laborales se pueden ejecutar procedimientos que tiendan a corregir las malas acciones realizadas por el trabajador. Dentro de estos procedimientos se puede encontrar el disciplinario, donde se busca que el trabajador tenga un espacio para ejercer su derecho de defensa y como resultado del análisis del caso se imponga, si a ello hubiere lugar, una sanción.
Sin embargo, la mayoría de compañías presentan dificultades en la etapa de imponer una sanción, pues no se tiene certeza de qué acciones son leves, graves o específicas, y estas últimas tienen una connotación especial, pues su disposición permite incluso hablar de la terminación de la relación laboral. Por lo tanto, es importante que las acciones puedan discriminarse y reconocerse de acuerdo a su posibilidad de daño y a la calidad del sujeto activo de la falta, ya que no será lo mismo la consecuencia de la acción respecto de la persona que la ejecuta y es en ese momento que se crean las faltas específicas.
Se requiere que dentro del reglamento interno se cuente con un capitulado que permita establecer las calidades laborales y el nivel de riesgo que tiene su mala acción, para de esta manera tener claridad de la sanción a imponer y conocer el rumbo de la relación laboral. Es por esto que se recalca la necesidad de contar con un reglamento interno de trabajo que se adapte a las necesidades de la compañía y que facilite la imposición de sanciones acorde al nivel de daño.