Mecanismos judiciales para la protección del consumidor financiero

Andrea Numpaque Molina
Andrea Numpaque Molina 14 diciembre, 2022
Actualizado 2022/12/14 at 7:06 PM

Los mecanismos jurisdiccionales sirven como herramienta para la protección de los derechos que se deriven de la adquisición de servicios o productos financieros cuando el consumidor evidencie que existe un incumplimiento por parte de estas entidades vigiladas. El consumidor financiero podrá interponer las siguientes acciones:

Acciones populares: a través de este mecanismo se busca proteger tanto los derechos como lo intereses colectivos de los ciudadanos. Al respecto, la Ley 472 de 1998, menciona:

ARTÍCULO 2o. ACCIONES POPULARES. Son los medios procesales para la protección de los derechos e intereses colectivos.

Las acciones populares se ejercen para evitar el daño contingente, hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración o agravio sobre los derechos e intereses colectivos, o restituir las cosas a su estado anterior cuando fuere posible.

Acción de grupo: a través de esta acción las personas buscan la reparación de perjuicios que tengan una causa común. Al respecto, el precedente normativo menciona:

ARTÍCULO 3o. ACCIONES DE GRUPO. Son aquellas acciones interpuestas por un número plural o un conjunto de personas que reúnen condiciones uniformes respecto de una misma causa que originó perjuicios individuales para dichas personas.

Por último, el mecanismo más utilizado por el consumidor, la acción de protección al consumidor financiero, cuya finalidad es salvaguardar los intereses financieros, que busca que el órgano competente, es decir, la Superintendencia Financiera, decida conforme a la normatividad vigente que regula la materia, sobre asuntos contractuales que llegaren a suscitarse entre las entidades vigiladas y los consumidores financieros.

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