Piso de protección social: ¿un beneficio o vulneración a los trabajadores en Colombia?

Luis Naranjo Corredor
Luis Naranjo Corredor 14 enero, 2023
Actualizado 2023/01/14 at 10:01 AM

El piso de protección social en salud indiscutiblemente generó en Colombia un gran impacto, por cuanto su reglamentación en el acceso y operación para aquellas personas que mensualmente perciban ingresos inferiores a un salario mínimo legal mensual vigente como consecuencia de su dedicación parcial a un trabajo, oficio o actividad económica y su obligatoriedad desembocaron en diferentes apreciaciones positivas y/o negativas para la seguridad social de los trabajadores en Colombia.

Y es aquí donde surge la pregunta: ¿si ya existía una reglamentación para la cotización a seguridad social de tiempos parciales inferiores a un mes, era necesario reglamentarlo nuevamente?

En efecto, sí era necesaria una reglamentación adicional al Decreto 2616 de 2013, puesto que dicha norma regulaba las cotizaciones de periodos parciales o inferiores en un mes, pero únicamente de aquellas personas vinculadas por contrato de trabajo (por días). Sin embargo, sí existía un claro vacío normativo en relación con aquellos prestadores de servicios cuyos ingresos a título de honorarios eran inferiores a un SMMLV, garantizando el respectivo derecho de acceder al Sistema de Seguridad Social.

Es así que claramente aquellos beneficios que sean otorgados de forma adicional por el Estado garantizan un Estado social de derecho igualitario para todas las personas, bajo los esquemas de equidad e igualdad, entendiendo los fundamentos de las centrales obreras y sindicatos, pero siendo un beneficio que no existía a un sector determinado de la población que son vinculados mediante contratos de naturaleza civil.

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