Generalidades del régimen de ahorro individual en materia pensional

José Ricardo Cuadros
José Ricardo Cuadros 16 enero, 2023
Actualizado 2023/01/16 at 10:44 AM

El régimen de ahorro individual con solidaridad es aquel conocido como “régimen privado” en materia de pensiones, en este régimen los aportes de los empleadores y trabajadores cumplen con el objetivo de financiar las pensiones como un ahorro, no como una contribución a los fondos; ahora bien, es importante que usted conozca que dichos fondos son manejados en una cuenta de ahorro a nombre del titular, en este caso de la persona que realiza los aportes.

Este régimen permite a sus afiliados hacer aportes adicionales a la cotización que obligatoriamente debe efectuar, esto con la finalidad de generar un incremento en el monto del valor de la pensión; estas sumas solo se pueden utilizar para acceder a las pensiones teniendo en cuenta que, en cabeza de dichos fondos existe una obligación de enviar un extracto de forma trimestralmente donde se evidencie las sumas depositadas al fondo, los rendimientos y los saldos del afiliado como lo respectivo a las comisiones.

Los aportes serán manejados por la cuenta individual, y será el afiliado el único titular de dicha cuenta de ahorro, es así como él podrá disponer libremente del traslado y a la información sobre el estado de su cuenta en todo momento, desde la afiliación y durante la consignación de los aportes.

Conforme a lo anterior, los afiliados tendrán derecho a una pensión de vejez a la edad que escojan, a diferencia del régimen privado, en este no se tiene como requisito la edad; se deberá cumplir con un capital acumulado en su cuenta de ahorro individual que les permita conseguir una pensión mensual del 110 %, la cual se reajusta de forma anual según las variaciones en el porcentaje del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Si el afiliado no logra cumplir con dicho requisito, él podrá solicitar la devolución total del saldo que se tenga a la fecha en la cuenta individual de ahorro; es importante tener en cuenta que el monto de la pensión dependerá del nivel de ahorro, de los rendimientos de dicho ahorro, tasas de intereses, esto conforme a la edad que dicho afiliado inicie los trámites de pensión, una vez cumpla con el requisito indicado con anterioridad.

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