Con el auge de las tecnologías de la comunicación, el libre comercio se ha adaptado a la dinámica del libre mercado, como consecuencia de ello el comercio electrónico se ha logrado consolidar en esta cadena de oferta y demanda. En este sentido, se hace relevante recordar la naturaleza del comercio electrónico, el cual es el negocio de compra y venta de bienes y servicios a través de Internet. Los clientes de comercio electrónico pueden realizar compras desde sus ordenadores, así como desde otros puntos de contacto, incluidos smartphones, ordenadores y asistentes digitales.
El comercio electrónico está en auge tanto en empresas B2C como en empresas B2B. En el comercio electrónico B2C, un minorista u otra empresa vende directamente a los clientes finales. En el comercio electrónico B2B, una empresa vende a otra. Ambos sectores tienen como objetivo permitir que los clientes compren lo que quieran, en cualquier momento, desde cualquier lugar, utilizando cualquier dispositivo digital. En pocas palabras, big data son conjuntos de datos más grandes y complejos, especialmente de nuevas fuentes de datos. Estos conjuntos de datos son tan voluminosos que el software de procesamiento de datos tradicional simplemente no puede administrarlos. Pero estos enormes volúmenes de datos se pueden emplear para abordar problemas comerciales que no habría podido abordar antes.
Es por ello, que toma relevancia los aspectos normativos y dinámicos que se desarrollan en este espectro, motivo por el cual se atenderá a uno de los eslabones que desencadena esta dinámica. Cuando se hace referencia al concepto de oferta comercial, es importante que se tenga en cuenta que esta obedece a la actividad comercial que tiene como finalidad establecer los elementos descriptivos y sus condiciones de venta/compra, de un bien o un servicio. Una vez aceptada por la parte contratante, se entiende como si se hubiese celebrado un contrato, de tal manera que da nacimiento a una serie de obligaciones que las partes se comprometen a cumplir, razón por la cual todos los aspectos contenidos en la propuesta son de obligatorio cumplimiento de las partes.