Finalización de contrato de trabajo a un empleado pensionado y con estabilidad laboral reforzada

Angelica Penagos
Angelica Penagos 21 abril, 2023
Actualizado 2023/04/21 at 10:58 AM

El empleador puede dar por terminado el contrato de trabajo con justa causa a un trabajador que tenga el estatus de pensionado, ya que se considera justa causa para dar por terminado el contrato de trabajo, de acuerdo a los requisitos establecidos en el párrafo tercero de la Ley 797 del 2003, la cual reformó algunas disposiciones del sistema general de pensiones de la Ley 100 de 1993. Es pertinente aclarar que el empleado debe cumplir obligatoriamente con los requisitos para adquirir su pensión, que en el caso de los hombres es de 62 años y para las mujeres de 57 años, con un mínimo de 1.300 semanas. Sin embargo, para que sea válida la finalización del contrato con justa causa, el empleado debe haber recibido su primera mesada pensional y estar registrado dentro de la nómina pensional, ya que de lo contrario sería un despido sin justa causa y el empleador deberá indemnizar al trabajador.

Ahora bien, si se cumplen estos requisitos, pero el trabajador está protegido por una estabilidad laboral reforzada, la gran duda es si el empleador puede finalizar su contrato con justa causa o si el fuero de estabilidad laboral reforzada lo obliga a mantenerlo en la empresa.

Teniendo en cuenta todo lo anterior, es importante tener presente que la empresa, aun si el empleado ha obtenido el estatus de pensionado, está en la obligación de pagar su seguridad social. El único aporte al cual no está obligada a pagar es el de pensión. Sin embargo, ante un eventual caso en el que el trabajador, teniendo el estatus de pensionado, esté protegido por un fuero de estabilidad laboral reforzada, el empleador podrá terminar el contrato con justa causa, debido a que el trabajador, al encontrarse pensionado, tiene un ingreso que garantiza el mínimo vital y está afiliado al servicio de salud. Por ende, ante el despido de la empresa, el trabajador seguirá contando con estos derechos, por lo que la empresa no está obligada a mantener la relación laboral con esta persona, ni tampoco deberá solicitar permiso al Ministerio de Trabajo para su terminación del contrato.

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