¿Conoce el trámite para la disminución del capital social de una sociedad?

Gabriela Carvajal Valbuena
Actualizado 2023/04/28 at 11:50 AM

La Superintendencia de Sociedades emitió en el año 2022 la Circular Básica Jurídica, en la cual se hizo énfasis en el artículo 145 del Código de Comercio, que establece la facultad de autorizar la disminución del capital y de la prima de emisión correspondientes a patrimonios propios, siempre y cuando se realice un efectivo reembolso de aportes en cualquier sociedad. Para ello existen diferentes tipos de autorización que corresponden de dos regímenes, en primer lugar se encuentra el régimen de autorización personal y el régimen de autorización particular, en ese caso la Superintendencia de Sociedades en el ejercicio de las funciones, realizar la autorización de disminuciones de capital de conformidad y en las situaciones concretas; cuando las sociedades se encuentren frente a la autorización general, serán entidades Empresariales que se encuentren así:

  • Autorización general a inspeccionadas
  • Autorización general en caso de supervisión residual

Cuando se refieren a aplicación de régimen de autorización particular se discriminan las siguientes:

  • Todas las entidades empresariales que estén sometidas a inspección, vigilancia y control de la superintendencia financiera de Colombia
  • Todas las entidades empresariales que requieran llevar a cabo una reforma estatutaria consistente en la disminución de su capital con efectivo reembolso de aportes

En cuanto al procedimiento para ejecutar la solemniza, la disminución del capital de carácter particular, así como de la reforma estatutaria, de disminución de capital con un reembolso efecto aportes y se tendrán en cuenta una serie de características que se encuentran establecidas por medio de la circular básica jurídica que corresponde al año 2022.

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