El proceso de recuperación empresarial

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 20 mayo, 2023
Actualizado 2023/05/20 at 11:02 AM

Cuando dos personas jurídicas establecen un vínculo en el ámbito civil, se generan obligaciones y acciones que deben ser cumplidas por ambas partes. Estas obligaciones surgen de la voluntad de las partes y deben ser cumplidas de manera obligatoria. En caso de que alguna de las partes no muestre voluntad de cumplir, la otra parte puede recurrir a mecanismos legales para exigir el cumplimiento.

Sin embargo, considerando el aspecto de la voluntad, si una de las partes no puede cumplir debido a circunstancias externas, como problemas financieros, es válido que inicie un proceso de recuperación empresarial. Este proceso se conoce como procedimiento extrajudicial de conciliación y se lleva a cabo ante la cámara de comercio. Su objetivo es corregir situaciones de mora y llegar a acuerdos de pago con los acreedores para cumplir con las obligaciones pendientes.

Dentro del agotamiento de cada una de las etapas se encuentra la presentación de la propuesta de pago que se describe como “el solicitante del servicio presenta la propuesta de pago a los acreedores y estos podrán a su vez presentar objeciones, observaciones y/o controversias frente a estas, las cuales en caso de presentarse propondrá el mediador su resolución de común acuerdo entre las partes.”

Por lo que es fundamental que si se tiene un incumplimiento y se está siendo notificado del inicio de este proceso, se haga parte del mismo y se reconozca como tercero interesado y así hacerse parte y participar en el mismo para obtener una conciliación amigable respecto de la obligación.

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