El proyecto de ley busca de una forma amplia garantizar los derechos de igualdad y derechos conexos al trabajo, evitando cualquier trato de discriminación para que cualquier persona tenga la posibilidad de acceder a un trabajo, en suma, con los cambios normativos y la propuesta presentada por el congreso propende por conceder prerrogativas a las trabajadoras cuando se encuentren en su ciclo menstrual, y es que dentro de los permisos que establece el referente normativo es conceder a la trabajadora permisos de citas médicas, inclusive incapacitantes que la trabajadora presente durante su ciclo menstrual, de esta manera se presente modificar el artículo 57 del Condigo Sustantivo de Trabajo en cuanto a los permisos obligatorios que debe conceder el empleador:
ARTICULO 57. OBLIGACIONES ESPECIALES DEL EMPLEADOR. Son obligaciones especiales del empleador: “..incluso cuando la trabajadora presente ciclos menstruantes incapacitantes, dismenorreas o cuadros de tensión abdominal por la menstruación, asociados a endometriosis ya diagnosticado…..”
Por otro lado, el pasado 28 de marzo, se radicó un proyecto de ley, cuyo objetivo es conceder una licencia remunerada durante los días menstruales, cuando revista tal afectación en la salud que impida a la trabajadora llevar un normal desarrollo en la ejecución de las funciones. Es claro que, los proyectos de ley anteriormente mencionados busca propender que durante esta etapa que en muchas situaciones son engorrosas y dolorosas, que las trabajadoras acudan ante su empleador sin algún tipo de limitación solicitar la licencia sin que se genere el descuento del día o los días en que la trabajadora atraviese por esta etapa, no obstante, es de aclarar que aún estos proyectos no tienen fuerza vinculante hasta tanto sea aprobado y se emita ante la presidencia de la república para su ratificación.