Si usted como padre o madre tiene un hijo con discapacidad, en efecto puede acceder a la pensión de vejez por hijo con discapacidad, siendo un tipo de pensión especial temporal en Colombia y por medio de la cual los padres o madres al tener un hijo con discapacidad física o mental, podrán solicitar de forma anticipada el derecho de pensión dentro del Régimen de Prima Media en Colombia, siempre que el menor con discapacidad posea una dependencia económica con alguno de los padres.
Para acceder a la misma, es necesario que la discapacidad del menor esté debidamente certificada y de este modo, el padre o la madre solicitante de la pensión deberá cumplir con las 1300 semanas cotizadas, sin tener en cuenta la edad con la que cuenten al momento de radicar la solicitud.
Ahora bien, el padre o madre deberá cumplir con unos requisitos específicos para continuar con el beneficio de pensión especial, los cuales son:
- En primera medida, el hijo deberá permanecer en estado de invalidez.
- La dependencia del hijo continué, es decir, que el hijo con discapacidad debe contar con una dependencia económica, ya sea con el padre o la madre, entendiéndose que el padre o madre afiliado pague por su alimentación, vivienda, estudio, salud y demás necesidades competente al cuidado del menor; sin embargo, no es necesario que el padre o madre cuide directamente del hijo con discapacidad.
- Así mismo, es necesario que el padre o la madre no se reincorporen al mundo laboral a través de un contrato de trabajo.
Por último, es pertinente precisar, que el padre o madre podrá renunciar a dicha pensión en un futuro, para así acceder a la pensión plena por vejez, siempre que cumpla con la edad de pensión y demás requisitos que establece la normatividad vigente.