¿La conciliación como mecanismo alternativo de solución de conflictos?

Daniel Arias Mateus
Daniel Arias Mateus 4 abril, 2024
Actualizado 2024/04/04 at 10:23 AM

Es importante tener presente que la conciliación es un mecanismo alternativo para la solución de conflictos que puede activarse en el marco del desarrollo de actividades mediadas por un contrato (civil, comercial, tributario, entre otros), donde inicialmente se deberá establecer el momento en el cual se accederá a este mecanismo alternativo. En el contrato, ambas partes se comprometen a hacer uso de su voluntad para generar y llegar a un acuerdo mutuo y beneficioso.

La ley que regula esta actividad es la Ley 2220 de 2022, donde se establece el concepto inicial del mecanismo de conciliación de la siguiente manera:

  • Artículo 3. Definición y Fines de la conciliación. La conciliación es un mecanismo de resolución de conflictos a través del cual dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado denominado conciliador, quien, además de proponer fórmulas de arreglo, da fe de la decisión de acuerdo, la cual es obligatoria y definitiva para las partes que concilian.La conciliación, en sus diversas modalidades, es una figura cuyos propósitos son facilitar el acceso a la justicia, generar condiciones aptas para el diálogo y la convivencia pacífica, y servir como instrumento para la construcción de paz y el tejido social.

Es importante tener en cuenta que tanto en los contratos (si así se pacta) como en las demandas, es un requisito de procedibilidad el hecho de que se surta este procedimiento conciliatorio (indistintamente si es satisfactorio o no). Sin embargo, se recomienda generar esfuerzos conjuntos de las partes para así llegar a acuerdos que mejoren las relaciones y salden las obligaciones correspondientes. Esto permite minimizar procesos, resolver conflictos de manera ágil y ahorrar dinero en comparación con la activación de la vía judicial.

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