El pasado 14 de mayo de 2021, se expidió la Ley 2089 de 2021, mediante la cual se estableció un límite a los padres en cuanto a la libertad de ejercer la patria potestad y custodia de los menores. Por lo tanto, se prohibió el uso del castigo físico, tratos crueles, humillantes o degradantes, y cualquier tipo de violencia como método de corrección contra niñas, niños y adolescentes. Esto se hizo con el fin de garantizar su protección e integridad física y psicológica.
Asimismo, la ley define algunos conceptos como castigo físico, tratos crueles, humillantes o degradantes, entornos, crianza, orientación o educación sin violencia, entre otros. Esto se realiza con el fin de brindar una correcta interpretación al aplicar la normativa en los casos en los cuales se evidencia la materialización de este tipo de actos, que van en contra de los menores y, por consiguiente, de la Constitución Política de Colombia, al ser sujetos de especial protección constitucional.
Es importante aclarar que la mencionada norma establece que los tratos crueles, humillantes o el castigo físico pueden ser causa de pérdida de la patria potestad o custodia, además de que pueden conllevar la imposición de sanciones.
No obstante, se debe tener en cuenta que esta ley no determina sanciones directamente, ya que fue promulgada con el fin de materializar estrategias de pedagogía y prevención, dando a conocer a los padres de familia alternativas para educar y orientar de tal manera que el menor no sea criado mediante la violencia. Todo esto se hace en garantía del derecho al buen trato de todos los menores.