De acuerdo al marco normativo actual, es decir, el Código Sustantivo del Trabajo, se prohíbe estrictamente al empleador realizar descuentos al trabajador de manera unilateral por daño en herramientas. Por ello, es indispensable saber que para llevar a cabo este descuento se necesita una autorización expresa por parte del trabajador o una orden judicial. Por tanto, si no se cuenta con la autorización, la empresa está prohibida, según lo establecido en el Código Sustantivo, de realizar cualquier tipo de descuento. De lo contrario, esta práctica se consideraría improcedente e ilegítima.
Por lo anterior, el procedimiento correcto cuando un trabajador pierde o daña herramientas de trabajo es seguir el procedimiento disciplinario adecuado, de acuerdo al marco normativo y al reglamento interno. Esto puede resultar en sanciones e incluso en la terminación del contrato si el trabajador no justifica la falta cometida.
En resumen, si el trabajador actúa con negligencia respecto al cuidado de las herramientas que se le entregan, más allá del desgaste natural, se debe llevar a cabo el correspondiente proceso disciplinario. Solo si el trabajador autoriza el descuento por el daño causado y la afectación de las herramientas entregadas, se podrá realizar el descuento correspondiente. De lo contrario, solo se aplicarán las sanciones establecidas en el reglamento interno de trabajo y en el Código Sustantivo.