Recordemos que en Colombia, todas aquellas empresas que cuenten con más de diez (10) unidades, o que contraten o administren personal de conductores, están obligadas a diseñar un plan estratégico de seguridad vial. De conformidad con el Decreto 2851 de 2013, el “PLAN ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD VIAL” (PESV) es un instrumento mediante el cual se plantean las estrategias, mecanismos, acciones y medidas que deben adoptar las diversas entidades, con el fin de evitar o reducir la accidentalidad vial, disminuyendo así los efectos que puedan generar los accidentes de tránsito.
El plan de seguridad vial tiene como finalidad contener un documento de planificación que incluya las acciones, mecanismos, estrategias y medidas que debe implementar una empresa, de forma que incida efectivamente en una conducción vial óptima.
Adicionalmente, es pertinente indicar que, de conformidad con la Resolución 1565 de 2014, se establecen lineamientos que deben ser adoptados por todas las empresas, sin importar si son públicas o privadas. Esto tiene como objetivo que la seguridad vial se convierta en algo inherente al ser humano. El objetivo de este plan es evitar la accidentalidad vial de los integrantes de las organizaciones. Teniendo en cuenta lo anterior, la política de control vial deberá contar con los parámetros establecidos en la normatividad, ya que es necesario para el cumplimiento adecuado dentro de la compañía.
Dado que el empleador está obligado a la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, acorde con lo establecido en la normatividad vigente, dichas políticas deben ser difundidas a todos los niveles de la organización y estar accesibles a todos los trabajadores y demás partes interesadas en el lugar de trabajo. Estas políticas deben estar alineadas con el propósito de cada organización y proporcionar objetivos y metas claros por cumplir, invocando un compromiso dentro de la empresa que incluya una mejora continua frente a los objetivos de la misma.