¿Conoce los cambios que trae la reforma laboral frente a los aprendices SENA?

Manuela Mahecha Vanegas
Manuela Mahecha Vanegas 27 junio, 2024
Actualizado 2024/06/27 at 9:17 AM

Actualmente, el contrato de aprendizaje, aunque no se considera un contrato laboral, forma parte del derecho laboral. Esto significa que se regula parcialmente por el Código Sustantivo del Trabajo, pero no se aplica en su totalidad ya que los aprendices no son considerados trabajadores.

En este sentido, podemos observar que aspectos como licencias, permisos, periodo de prueba, vacaciones y prestaciones sociales se garantizan exclusivamente a los trabajadores y no a los aprendices SENA, al no ser considerados empleados en el sentido estricto.

No obstante, con la reforma laboral se vislumbra un gran cambio: se considerará a los aprendices SENA como trabajadores, cuya vinculación se efectuará a través de un contrato a término fijo de carácter especial, el cual estará regulado de manera íntegra por la normatividad laboral colombiana.

Otro de los cambios es la duración máxima de una relación contractual de este tipo. Con la ley actual, los contratos de aprendizaje pueden durar hasta un máximo de dos años, mientras que con la reforma laboral no podrán exceder de treinta y seis meses, distribuidos en dos etapas: lectiva y práctica.

Finalmente, dos de los cambios más representativos tienen que ver con el apoyo de sostenimiento y el pago de la seguridad social, tanto en salud, pensión y riesgos laborales (ARL). Dichos cambios consisten en otorgar el apoyo de sostenimiento de manera permanente por un valor no inferior al salario mínimo. Es decir, ya no será del 50% o 75%, según la fase en la que se encuentre el aprendiz; en su lugar, la empresa patrocinadora deberá garantizar que el valor a reconocer no sea inferior al salario mínimo legal mensual vigente.

En este sentido, las afiliaciones al Sistema General de Seguridad Social se realizarán conforme a lo dispuesto en la normatividad vigente para los trabajadores, es decir, que se deberá reconocer el pago de pensión, salud y ARL.

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