¿Cuáles son las formas de llevar a cabo la liquidación de la sociedad conyugal?

Georlleth Jaramillo Pineda
Actualizado 2024/07/02 at 9:00 AM

Es pertinente indicar que el proceso de liquidación de la sociedad conyugal es el procedimiento mediante el cual se dividen y distribuyen los bienes adquiridos durante el matrimonio. Este proceso se realiza después de que el matrimonio se ha disuelto por una causa distinta a la muerte, es decir, una vez llevado a cabo el correspondiente proceso de divorcio.

Ahora bien, según el artículo 180 del Código Civil, se establece lo siguiente:

«Por el hecho del matrimonio se contrae sociedad de bienes entre los cónyuges.»

Esto significa que la sociedad conyugal se genera con la celebración del matrimonio, mediante la cual se adquieren bienes comunes entre los cónyuges, pertenecientes a ambas partes. Por lo tanto, si los esposos no otorgan capitulaciones matrimoniales, todo lo adquirido durante el matrimonio forma parte de la sociedad conyugal por derecho de ley.

El artículo 1820 del Código Civil enumera las causales por las cuales se disuelve la sociedad conyugal:

  • Disolución del matrimonio.
  • Separación judicial de cuerpos.
  • Sentencia de separación de bienes.
  • Declaración de nulidad del matrimonio.
  • Mutuo acuerdo de los cónyuges capaces.

Existen las siguientes formas de llevar a cabo la liquidación de la sociedad conyugal:

  1. Mutuo acuerdo: La disolución de la sociedad conyugal puede realizarse por mutuo acuerdo, lo que implica que se debe finalizar el divorcio para proceder con la liquidación. En este caso, se reconoce que ambas partes tienen derecho a los bienes adquiridos durante la relación matrimonial, y si el acuerdo es mutuo, puede llevarse a cabo ante un notario.
  2. Jurisdicción ordinaria: Si no es posible realizar el proceso por mutuo acuerdo, se debe recurrir a la jurisdicción ordinaria.

    • En primer lugar, se debe completar el proceso verbal de divorcio, donde se esclarecerán los términos del mismo mediante una sentencia dictada por el juez. Si el divorcio es por mutuo acuerdo, también puede llevarse ante un notario.
    • En segundo lugar, una vez agotado el proceso de divorcio, se podrá iniciar un nuevo proceso ante el mismo juzgado que declaró el divorcio para llevar a cabo la liquidación de la sociedad conyugal, todo sujeto a la providencia del juez.

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