En el ejercicio de la libertad que tiene cada ciudadano de un país, pueden surgir diversas creaciones fruto del ingenio, que se manifiestan en piezas gráficas, videos, canciones o en un sinfín de presentaciones. El objetivo es especificar qué derechos recaen sobre un video y cuál es la protección que tiene su autor.
Con respecto a los derechos de autor que, en este caso particular, pueden aplicarse, es importante tener en cuenta que se dividen en dos categorías: los derechos patrimoniales y los derechos morales.
En particular, los derechos de autor tienen como finalidad proteger una obra creada por una persona. En consecuencia, desde el momento en que la obra es creada, el autor goza de derechos morales, los cuales se relacionan con el vínculo personal que tiene con su obra y, por esta razón, no pueden ser transferidos a terceros. Por otra parte, los derechos patrimoniales de autor tienen una connotación económica, lo que permite al autor disponer de ellos. Una de las formas de transferir derechos patrimoniales es mediante la cesión de derechos de autor.
Por lo tanto, en estos casos, es necesario que el autor otorgue una autorización para poder difundir y divulgar dichos materiales sin incurrir en una infracción de los derechos de autor y los permisos otorgados.