En el ejercicio cotidiano de la actividad económica principal de las empresas colombianas, pueden presentarse actos malintencionados y fraudulentos por parte de terceros. En ocasiones, estos actos u omisiones pueden ser cometidos por personas con acceso directo a información confidencial o sensible, a quienes se les confía debido a la naturaleza de su cargo y las necesidades operativas de la empresa.
Ante estas situaciones, varias aseguradoras en el territorio colombiano están facultadas para ofrecer a las empresas un seguro cuya finalidad principal es la siguiente: proteger el patrimonio de la empresa ante actos de infidelidad cometidos por colaboradores o terceros, respaldar los dineros y títulos valores extraviados o hurtados durante su transporte, y otorgar indemnizaciones económicas en caso de perjuicios por falsificación o alteración de instrumentos financieros, entre otros servicios.
Por último, es importante resaltar que, cuando el empleador decida contratar estas pólizas, estará obligado a demostrar que los perjuicios generados fueron causados por actos de mala fe o fraudulentos por parte de un trabajador o un tercero. No será suficiente con mencionarlo; deberá demostrar la intención de causar daño, aunque no será necesario individualizar a los responsables ni iniciar actuaciones civiles o penales. Cabe recordar que la protección ofrecida por este seguro, así como la aplicabilidad de estas pólizas, ha sido debidamente estudiada por el Consejo de Estado.