Actualmente, todas las empresas legalmente constituidas y con activos disponibles deben implementar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), reportando los Estándares Mínimos ante el Ministerio de Trabajo y la ARL. Más allá de la reglamentación legal obligatoria, es fundamental comprender los procesos necesarios para su implementación. Uno de los aspectos más relevantes es el procedimiento correcto para reportar accidentes (AT) e incidentes laborales.
La Resolución 1401 de 2007, que reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo, establece que:
- Accidentes e incidentes leves: Si ocurren dentro de las instalaciones de la empresa y en horario laboral, deben ser reportados a la Aseguradora de Riesgos Laborales (ARL) dentro de las 48 horas posteriores al suceso.
- Accidentes graves o mortales: En estos casos, además de realizar el reporte a la ARL en el plazo de 48 horas, también es obligatorio informar a la EPS y al Ministerio de Trabajo dentro de los 2 días hábiles posteriores al incidente, para evitar incurrir en sanciones.
Implementar el proceso completo de reporte de incidentes y accidentes es esencial, independientemente del nivel de peligrosidad o gravedad del evento. Este cumplimiento garantiza que las empresas no sean objeto de sanciones, como lo estipula el artículo 115 del Decreto-ley 2150 de 1995 . Según esta norma, las Direcciones Territoriales del Ministerio de Protección Social pueden realizar auditorías e investigaciones administrativas para verificar que las empresas cumplan con la normatividad vigente.
En conclusión, cumplir con las obligaciones legales no solo protege a los trabajadores, sino que también asegura que las empresas operen de manera responsable y alineada con las normativas de seguridad y salud en el trabajo.