Pago de seguridad social para contratistas en la reforma pensional: ¿Cómo funcionará?

María Camila Pulgarín
María Camila Pulgarín 22 enero, 2025
Actualizado 2025/01/22 at 11:16 AM

La reforma pensional, establecida mediante la Ley 2381 de 2024, introduce cambios significativos en la responsabilidad del pago de los aportes a pensión para los trabajadores contratados bajo el modelo de prestación de servicios. Según lo dispuesto en el artículo 7, numeral 1 de la mencionada ley, se establece lo siguiente:

Responsabilidades de empleadores(as) y contratantes:

  1. Realizar el pago de su aporte y del aporte correspondiente a los trabajadores(as) o contratistas vinculados bajo contratos de prestación de servicios dentro del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, invalidez y muerte de origen común.
  2. Descontar del salario y/o de los honorarios de cada persona, al momento del pago, el monto de las cotizaciones obligatorias. Además, realizar los descuentos de cotizaciones voluntarias que el trabajador(a) o contratista haya autorizado expresamente por escrito.

Sistema actual:

Bajo las disposiciones vigentes de la Ley 100 de 1993, los trabajadores independientes que tienen contratos de prestación de servicios reciben el 100 % de sus honorarios sin descuentos realizados por el contratante. Actualmente, es responsabilidad del contratista realizar el pago de sus aportes al sistema de seguridad social integral (salud, pensión) a través de la planilla integrada.

El contratista debe:

  • Sumar los ingresos mensuales provenientes de todos sus contratos.
  • Calcular el 40 % de dichos ingresos como base mínima para determinar el Ingreso Base de Cotización (IBC).
  • Realizar los pagos de los aportes correspondientes.

Cambios con la reforma pensional:

Con la entrada en vigencia de la reforma, la responsabilidad del pago de los aportes cambiará. Ahora, será el contratante quien deberá:

  • Realizar directamente el pago de los aportes del contratista al sistema de seguridad social.
  • Descontar del monto pactado en los honorarios el porcentaje correspondiente a las cotizaciones obligatorias para salud y pensión.

Implicaciones:

Este cambio busca garantizar que los contratistas estén afiliados y al día con sus aportes al sistema de seguridad social, simplificando el proceso de pago y asegurando una mayor cobertura en pensiones y salud. Sin embargo, también implica que los contratistas recibirán un monto neto inferior, ya que el contratante descontará directamente las cotizaciones del valor bruto de los honorarios.

María Camila Pulgarín

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