Personas con cáncer: sujetos de especial protección en Colombia

David Santiago Lesmes Lugo
Actualizado 2025/01/22 at 11:19 AM

La Corte Constitucional de Colombia ha sido constante en su compromiso de garantizar los derechos fundamentales de todos los habitantes del país, procurando suplir normativamente las necesidades que puedan surgir. Sin embargo, la Corte ha otorgado especial atención y protección a quienes se encuentran en estado de debilidad manifiesta, designándolos como sujetos de especial protección.

Los sujetos de especial protección son aquellas personas que, debido a diversas circunstancias, enfrentan desventajas para ejercer plenamente sus derechos fundamentales frente al resto de la población. En la Sentencia T-678 de 2016, la Corte Constitucional afirmó que «el artículo 13 de la Constitución Política establece una obligación para el Estado colombiano de proteger de manera privilegiada a quienes, por su condición económica, física o mental, se encuentran en una situación de vulnerabilidad.»

En este contexto, la Ley 2360 de 2024 amplía esta protección, declarando que las personas con sospecha o diagnóstico de cáncer son sujetos de especial protección. Esto significa que el Estado tiene la responsabilidad de garantizar que estas personas puedan ejercer sus derechos fundamentales sin ningún tipo de limitación ni discriminación.

Además, si el Estado identifica alguna situación que ponga en riesgo el goce efectivo de los derechos de estas personas, está obligado a intervenir utilizando sus facultades legales para corregir dichas situaciones y proteger su bienestar.

Esta medida refuerza el compromiso del Estado colombiano con la población más vulnerable, asegurando que quienes padecen esta grave enfermedad reciban el respaldo y las garantías necesarias para preservar su dignidad y calidad de vida.

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