Claves de la reforma pensional: afiliación y plazos

Javier Imbajoa
Javier Imbajoa 30 enero, 2025
Actualizado 2025/01/30 at 12:23 PM

De acuerdo con el marco normativo contemplado en la Ley 2381 de 2024 , se establecen las disposiciones generales de la reforma pensional, incluyendo aspectos como el recaudo de los recursos del sistema de protección social integral para la vejez y su correspondiente afiliación.

En este sentido, la normativa establece que, en el pilar contributivo, quienes tengan un ingreso base de cotización superior a 2.3 salarios mínimos legales mensuales vigentes deberán seleccionar una Administradora de Fondos de Pensiones en el componente complementario de Ahorro Individual. Sin embargo, quienes ya estén afiliados a un fondo de pensiones privado no necesitarán realizar una nueva afiliación.

Por otro lado, el artículo 12 de la Ley 2381 de 2024, en su párrafo transitorio, dispone que, dentro de los primeros seis meses contados a partir de la expedición de la norma, los afiliados deberán elegir la administradora del componente complementario. Si al finalizar dicho plazo no se ha realizado la elección, la asignación se hará de manera aleatoria, conforme al mecanismo que establece el Gobierno Nacional.

Finalmente, la reforma pensional fue expedida el 16 de julio de 2024, por lo que el plazo máximo para elegir la administradora del componente complementario vence el 16 de enero de 2025.

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