COMERCIALIZACIÓN DE UN ALIMENTO O SUPLEMENTO DIETARIO

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 9 marzo, 2020
Actualizado 2020/03/09 at 11:02 AM

Cuando se desea comercializar un alimento o un suplemento dietario existen ciertos parámetros que deben cumplirse toda vez que su consumo tiene una relación directa con la salud, haciéndose necesario un control sobre estos productos en Colombia, la autoridad competente en la materia es el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos  (INVIMA), quien autoriza la venta y vigila cómo se publicitan dichos productos en cumplimiento de su misión de garantizar la salud pública en ejerciendo inspección, vigilancia y control, no sólo de los productos que consumen o emplean los colombianos, sino de la manera como éstos realizan su publicidad la cual debe cumplir con los siguientes requisitos:

1.       Orientar el uso adecuado del medicamento o producto

2.       Ser objetiva, veraz y sin exagerar sus propiedades, de manera que no induzca a error por afirmación o por omisión a prescriptores, dispensadores ni a usuarios.

3.       Señalar las indicaciones o usos del medicamento, con un lenguaje claro que no genere confusión a los consumidores.

4.       Ceñirse a la verdad, expresando en forma clara y precisa lo referente a las indicaciones autorizadas del medicamento

5.       Prescindir de términos técnicos, a menos que éstos se hayan convertido en expresiones de uso común.

6.       Las bondades anunciadas del producto no se deben contraponer a la promoción de hábitos de vida saludables.. 

Share this Article