Gobierno Nacional anuncio paquete de medidas en relación a los aspectos de contratos de arrendamiento de vivienda urbana, micro y medianas empresas

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 3 abril, 2020
Actualizado 2020/04/03 at 2:27 PM

El Gobierno, a través del Ministerio de Vivienda, anunció las siguientes medidas para arrendatarios de vivienda y micro, pequeñas y medianas empresas

1- Queda prohibido el desalojo de arrendatarios durante la emergencia y hasta por dos meses más.
2- No se puede aumentar el valor de cánones de arrendamiento durante la emergencia.
3- No se podrá aplicar penalidades ni cobrar intereses por mora durante el período de emergencia.
4- Los contratos de arrendamiento que tengan fecha de vencimiento durante la emergencia serán prorrogados automáticamente hasta que finalice la misma

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, ya se encuentra listo el borrador del Decreto mediante el cual el Gobierno Nacional se busca mitigar los efectos derivados de la emergencia que atraviesa el país, el Presidente de la República, Iván Duque, anunció la expedición de un Decreto, que estará listo en los próximos días, con nuevas medidas para vivienda y locales comerciales arrendados por MIPYMES.

El Ministro de Vivienda, Jonathan Malagón, destacó que “se prohíben los desalojos durante la emergencia económica y dos meses adicionales. Además, congelamos el precio de los arrendamientos en Colombia, de manera que se suspende el reajuste anual de los cánones, así como la causación de los intereses moratorios o las penalidades por incumplimiento (así los contratos lo estipulen), desde el mes de abril hasta dos meses después de finalizada la emergencia”. Es importante aclarar que en ningún momento se habla de no pago, en todos los casos el arrendatario deberá honrar sus obligaciones y, si es el caso, llegar a acuerdos con el arrendador.

En virtud de lo anteriormente expuesto, debemos esperar la publicación del mencionado decreto no generando por ahora especulaciones respecto a que no se podrá cobrar cánones de arrendamiento durante el tiempo que dure la cuarentena ya que, dicha información no es verídica.

Dr. Luis Naranjo
Asesor Legal
CENTRO JURIDICO INTERNACIONAL S.A.S

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