PLAZOS ESPECIALES PARA RENOVACIÓN DE MATRICULA MERCANTIL

Camilo Andres García Bejarano
Actualizado 2020/04/06 at 3:31 PM

De conformidad con el decreto 434 del 19 de marzo de 2020, extiende los plazos para la renovación de la matrícula mercantil, el RUNEOL y demás registros que integran el Registro Único Empresarial y Social- RUES, relacionados en el artículo 166 del Decreto Ley 019 de 2012, con excepción del registro único de proponentes, hasta el día tres (3) de julio de 2020. Esta decisión está orientada a disminuir el impacto económico en las empresas por el COVID-19, y de reducir las congestiones que podrían presentarse en las diferentes sedes de las Cámaras de Comercio, y en el transporte público debido al cumplimiento de esta obligación legal para empresarios y comerciantes que tenía como fecha límite el 31 de marzo.

Las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio en Colombia, interesadas en participar en Procesos de Contratación convocados por las entidades estatales, deben estar inscritas en el RUP, salvo las excepciones previstas de forma taxativa en la ley. Las personas inscritas en el RUP deben presentar la información para renovar su registro a más tardar el quinto día hábil del mes de julio de 2020. Es decir, hasta el 7 de julio.

La Cámara de comercio indica que para realizar los trámites de registro están habilitados los canales virtuales en www.ccb.org.co 

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