DISPOSICIONES DEL DECRETO 531 DEL 8 DE ABRIL DE 2020 POR MEDIO DEL CUAL SE EXTIENDE EL AISLAMIENTO PREVENTIVO OBLIGATORIO

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 14 abril, 2020
Actualizado 2020/04/14 at 8:30 AM

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 531, mediante el cual se imparten instrucciones para el cumplimiento del Aislamiento Preventivo Obligatorio de 14 días en todo el territorio colombiano, que regirá a partir del 13 de abril, hasta el 27 de abril, en el marco de la emergencia sanitaria por causa de la pandemia del coronavirus covid-19.

En ese contexto, con el fin de que el aislamiento se haga efectivo, la norma “limita totalmente la libre circulación de personas y vehículos en el territorio nacional”, con 35 excepciones que buscan garantizar el derecho a la vida, a la salud y la supervivencia de los habitantes del país.

Entre las excepciones contempladas están: asistencia y prestación de servicios de salud; adquisición de bienes de primera necesidad; desplazamiento a servicios bancarios y servicios notariales; asistencia y cuidado a niños, niñas, adolescentes, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieren asistencia de personal capacitado.

Así como, la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de insumos para producir bienes de primera necesidad. La comercialización presencial de productos de primera necesidad se hará en mercados de abastos, bodegas, mercados, supermercados mayoristas y minoristas y mercados al detal en establecimientos y locales comerciales a nivel nacional, y podrán comercializar sus productos mediante plataformas de comercio electrónico y/o para entrega a domicilio.

La ejecución de obras de infraestructura de transporte y obra pública, así como la cadena de suministros de materiales e insumos relacionados con la ejecución de las mismas.

Finalmente, el Gobierno Nacional ordena a los alcaldes y gobernadores prohibir el consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y en establecimientos de comercio, a partir de la vigencia del presente decreto y hasta el día 27 de abril de 2020.

Conozca el decreto 531 del 8 de abril de 2020 en el siguiente link: https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20531%20DEL%208%20DE%20ABRIL%20DE%202020.pdf

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