La emergencia sanitaria derivada de la propagación del COVID 19, ha dejado muy golpeado no solo el sector salud, sino también el sector productivo y empresarial, es por ello que el gobierno nacional emitió el Decreto Ley 560 de 2020, con el que se pretende dar un respiro a las empresas y el empleo sin descuidar el crédito.
El Decreto 560 de 2020 adopta medidas transitorias especiales en los procesos de insolvencia, los cuales tendrán una vigencia de dos años.
La normativa introduce nuevas herramientas dentro del marco de la reorganización empresarial extrajudicial lo cual permitirá la solución ágil y adecuada a la crisis de las empresas en Colombia y la atención de diferentes sectores de la economía.
1. En la normativa se reducen los requisitos formales para la admisión a los procesos
2. Se permite el pago de pequeñas acreencias y venta de activos para su
pago sin autorización judicial.
3. Se crean mecanismos de mejoramiento del flujo de caja de la
empresa que facilita la celebración de acuerdos (capitalización de acreencias,
descarga de deudas y pactos de deuda sostenible).
4. Se generan incentivos de prelaciones y garantías para créditos nuevos
en la etapa de negociación judicial.
5. Se crean mecanismos para evitar la liquidación de una empresa a
través de la compra de la empresa en marcha.
6. Se suspenden las cuotas de los acuerdos de reorganización de abril,
mayo y junio, las cuales se considerarán vencidas en julio, y tendrán un
periodo de tres meses para su subsanación en audiencia.
No obstante lo anterior, se adoptan beneficios tributarios y algunas medidas tributarias, hasta el 31 de diciembre del 2020, orientadas a brindar ayuda con la caja y aliviar la situación de los deudores admitidos a un proceso de reorganización empresarial o que hayan celebrado un acuerdo de reorganización y se encuentren ejecutándolo, de renta presuntiva y de retención en la fuente a título de renta e IVA.
Por: Jenny Portillo
Fuente: Decreto 560 del 15 de abril de 2020