“LINEA NORMATIVA FRENTE AL RECONOCIMIENTO DE LA PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES”

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 22 agosto, 2020
Actualizado 2020/08/22 at 11:43 AM

Inicialmente es oportuno precisar que la pensión de sobrevivientes, tiene como fin principal, disminuir las consecuencias económicas que se ocasionan dentro de un núcleo familiar, cuando la persona que soportaba la mayor carga económica fallece, de tal manera que la normatividad legal colombiana en pro de la familia legisla la llamada Pensión de Sobreviviente y con ella establece los requisitos que se deben tener en cuenta para adquirir la misma.

Pero para llegar a las bases que tenemos hoy día, esta atravesó por distintas apreciaciones normativas. Inicialmente y mediante Decreto 1889 de 1994, se estableció que tendrían derecho a esta pensión, aquellos que dependieran económicamente del causante y esto podía identificarse cuando la persona no tuviera ingreso económico alguno o este fuera inferior a medio salario mínimo mensual legal vigente, no obstante, el Consejo de Estado declaró nula esta normativa.

Posterior a ello y mediante la Ley 100 de 1993, se determinó que la dependencia económica no podría asumirse únicamente como una carencia de recursos económicos, de tal manera que, para la adquisición de la misma, también tenían que ser evaluados otros aspectos, como lo era la protección especial que se debía garantizar a aquellas personas que por su condición refieren una debilidad manifiesta.

Share this Article