MODIFICACIÓN DE LA JORNADA LABORAL 12X8

Paula Tiusaba Robayo
Paula Tiusaba Robayo 31 agosto, 2020
Actualizado 2020/08/31 at 12:03 PM

De conformidad con lo establecido en el Decreto 770 expedido en el mes de Junio del año en curso se abre la posibilidad que:

  • Es aplicable Durante la vigencia de la emergencia sanitaria, por lo que recordemos que la emergencia sanitaria se encuentra establecida hasta el 30 de Noviembre.
  • Es de manera excepcional y de mutuo acuerdo con la finalidad de prevenir la circulación masiva, por lo que debe constar el documento por escrito donde finalmente se disponga el mismo.
  • Lo ideal es permitir un mayor número de días de descanso
  • Se podrán definir turnos sucesivos de trabajo sin solución de continuidad siempre que no exceda las 8 horas diarias y las 36 horas semanales 
  • La jornada ordinaria semanal de (48) horas podrá ser distribuida en 4 días a la semana con una jornada máxima de (12) horas

Conforme a lo anterior,  me permito manifestar que esto aplica y es procedente pactar entre las partes para que labore en turnos de 12 horas por un espacio de 4 días en los cuales no deberá cancelar horas extras.

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