¿SE PUEDE NEGAR LA SOLICITUD DE OTORGAMIENTO DE VACACIONES CAUSADAS?

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 17 septiembre, 2020
Actualizado 2020/09/17 at 4:17 PM

Inicialmente es oportuno precisar que, las vacaciones laborales constituyen un derecho consagrado a favor los trabajadores, mediante el cual el empleador se encuentra obligado a otorgarle un descanso remunerado a los mismos, por el hecho de haberle trabajado por un lapso de tiempo con fecha de inicio y fecha de reintegro a las labores.

Entendido lo anterior y abordando el caso que aquí nos compete, resulta necesario que tenga presente que, el artículo 187 del Código Sustantivo del Trabajo, regula lo referente al periodo de vacaciones, mediante el cual se establece que el momento de otorgamiento puede ser;

Lo anterior, siempre y cuando no se afecte gravemente el servicio que presta la empresa, esto en razón de que el contrato de trabajo es consensual, donde confluyen libremente la libertad de las partes y en ejercicio de dicho principio, conjuntamente el empleador y el trabajador pueden acordar y disponer de las fechas en que se saldrá a vacaciones.  

Es por lo anterior que, bajo este presupuesto resulta totalmente viable, negar el periodo vacacional de nuestro colaborador, cuando se considera que el otorgamiento del mismo puede afectar gravemente la operación de la compañía.

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