¿PUEDE UN EXTRANJERO SER REPRESENTANTE LEGAL DE UNA SOCIEDAD POR ACCIONES?

Alberto Jaramillo Polo
Alberto Jaramillo Polo 21 septiembre, 2020
Actualizado 2020/09/21 at 10:27 AM

La superintendencia de sociedades mediante concepto No. 220-144269 del 25 de septiembre de 2018 indicó que las sociedades por acciones podrán designar como representante legal a un extranjero, quien puede o no residir en el país y, además, ser accionista único o miembro de junta directiva, si así lo disponen en los estatutos de la sociedad.

Por lo anterior el representante legal extranjero, al igual que si fuera nacional, se encuentra obligado a respetar la legislación colombiana, incluyendo lo que se refiere a normativa laboral, de contratación, comercial, societaria e inmigración.

Así mismo la superintendencia de sociedades, enfatizó que el representante legal acude como órgano de expresión de la voluntad social para el normal funcionamiento de la sociedad; Igualmente, sustentó que el nombramiento del representante legal de la sociedad anónima debe constar en acta del órgano social encargado de su designación (junta directiva o asamblea general de accionistas) y para su oponibilidad se requiere estar inscrito en el registro mercantil.

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