CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DE LOS USOS DE LOS CURSOS DE AGUA INTERNACIONALES PARA FINES DISTINTOS DE LA NAVEGACIÓN

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 25 septiembre, 2020
Actualizado 2020/09/25 at 2:41 PM

Esta mencionada convención suscrita en 1997 sobre el derecho de los usos de los cursos de agua internacionales para fines distintos de la navegación representa una importante contribución al fortalecimiento del estado de derecho respecto de las relaciones internacionales, así como a la protección y preservación de los cursos de agua internacionales toda vez que actualmente se está generando el cambio climático y por consiguiente agravando la escasez de agua, es por ello que aborda temas tales como:

  1. Aquel estado que comparte un curso de agua internacional con otros estados ha de utilizar el curso de agua en su territorio de manera equitativa y razonable para todos los que intervienen.
  2. Los estados adoptarán todas las medidas apropiadas para impedir que se causen daños sensibles que compartan aguas internacionales siendo importante generar una solución pacífica causando gastos onerosos en favor de quien se ve afectado.
  3. Si en un estado se piensa realizar algún proyecto u otras medidas que puedan tener sustanciales efectos nocivos sobre otro u otros estados que comparten un curso de agua internacional, el estado en que se prevén esas medidas debe notificar oportunamente a los demás estados acerca de sus planes para evitar causar daños.
  4. Generar conciencia respecto de la protección y preservación de los ecosistemas, prevención, reducción y control de la contaminación.
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