CUANDO SE PUEDE EJERCER EL DERECHO AL RETRACTO

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 14 octubre, 2020
Actualizado 2020/10/14 at 5:04 PM

El derecho de retracto es aquella facultad que tienen los consumidores de ciertos bienes, servicios y negocios en específicos de reversar la adquisición del producto y el reintegro de los dineros pagados por el negocio. El consumidor tiene, en términos mínimos, cinco días hábiles contados a partir de la fecha de celebración del contrato y/o de entrega del producto devolviendo este en las mismas condiciones recibidas y el proveedor o productor tiene la obligación de reintegrar los dineros en un término inferior a treinta días sin efectuar algún descuento o deducción.

Los negocios generales que permiten ejercer el derecho de retracto son los que recaen en la venta de bienes y prestación de servicios mediante sistemas de financiación otorgada por el productor o proveedor, venta de tiempos compartidos o ventas que utilizan métodos no tradicionales o a distancia, que por su naturaleza no deban consumirse o no hayan comenzado a ejecutarse antes de cinco (5) días a partir de su entrega.

Por otro lado, el Estatuto del Consumidor, determinó ciertos negocios que no son susceptibles de derecho de retracto, por lo cual, al momento de requerir al proveedor se debe revisar si este producto y/o servicio es o no susceptible del retracto además de lo descrito inicialmente.

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