La Corte Constitucional en su estudio de constitucionalidad verificó el Decreto Legislativo 682 de 2020 que estableció los tres días sin IVA entre otras medidas de alivio tributario definidas por el Gobierno nacional en el marco del Estado de Excepción. Así las cosas, el Decreto se ajusta a la constitución para esto debemos recordar las tres medidas tributarias establecidas:
- La exención del IVA para un conjunto de bienes determinados, en tres fechas específicas del año 2020
- La reducción a 0% de las tarifas del impuesto nacional al consumo en el expendio de comidas y bebidas.
- Exclusión del IVA a los cánones de arrendamiento de locales comerciales hasta el 31 de julio de 2020
Ahora bien, la Magistrada se basó en el hecho de que las dos primeras medidas buscan incentivar la reactivación económica del país, lo que indiscutiblemente debe darse para poder salir a flote económicamente hablando; por otro lado, la tercera medida se encamina a evitar el cierre de establecimiento de comercio por la imposibilidad de asumir el canon de arrendamiento contribuyendo así a que menos negocios caigan en pérdida total.
Dr. Alejandra Rodríguez Espinosa