CASOS EN LOS QUE SE CONSTITUYE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Paula Tiusaba Robayo
Paula Tiusaba Robayo 29 octubre, 2020
Actualizado 2020/10/29 at 2:45 PM

De conformidad con el concepto No. 123 de octubre de 2017, en fallo del pasado mes de junio, la Corte Suprema de Justicia fijó el alcance del delito de violencia intrafamiliar en cuanto a los sujetos activo y pasivo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de la Ley 294 de 1996, que tipifica la conducta cuando se da entre cónyuges o compañeros permanentes entre sí. 

Lo anterior siempre que mantenga un núcleo familiar, así:

  • En los padres, cuando el agresor es el hijo, sin que importe si ambos progenitores conviven
  • En los ascendientes o descendientes si conforman un núcleo familiar
  • En los hijos adoptivos, porque frente a estos igualmente el concepto de familia impone deberes más allá de la vida en común, y en uno o varios miembros de la familia en su domicilio o residencia causada por quien no siendo miembro del núcleo familiar sea encargado de su cuidado.

Por lo anterior, mediante informado concepto así lo recordó el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y puso de presente que la Corte indicó que dichos procesos deben ser atendidos por el comisario de familia del lugar donde ocurran los hechos, y a falta de este al juez civil municipal o promiscuo municipal con una medida de protección inmediata que ponga fin a dichos actos o evite que se realicen cuando sea inminente. 

Así lo recordó el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en un concepto. Además, puso de presente que la Corte indicó que dichos procesos deben ser atendidos por el comisario de familia del lugar donde ocurran los hechos, y a falta de este al juez civil municipal o promiscuo municipal con una medida de protección inmediata que ponga fin a dichos actos o evite que se realicen cuando sea inminente. 

Dra. Paula Tiusaba Robayo                                                                                                                        

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