FIJACIÓN DE CUOTA DE APRENDICES

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 31 octubre, 2020
Actualizado 2020/10/31 at 10:41 AM

Como bien sabemos, la cuota de aprendices dentro de una empresa se determinará según el número de trabajadores vinculados que esta tenga, esta no podrá medirse de la misma manera cuando dichos trabajadores, laboran por términos inferiores a la jornada máxima legal, por lo que dicha cuota deberá ser fijada conforme a los presupuestos normativos, a decir, el artículo 3 del Decreto 620 de 2005, quien dispone;

Artículo 3°. Para determinar la cuota de aprendices en empresas en las que sus trabajadores laboren menos de la jornada ordinaria de trabajo, se deberá sumar las horas laboradas por los trabajadores con dicha jornada y dividirlas por el número de horas correspondientes a la jornada máxima legal diaria.

El resultado de dicha operación corresponderá al número de trabajadores sobre el cual se determinará la cuota mínima de aprendices.

De tal manera que, dicha cuota debió ser fijada sumando las horas laboradas por los trabajadores con dichas jornadas y esto debió ser dividido por el número correspondiente a la jornada máxima legal diaria.

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