De manera inicial podemos decir que, una marca blinda jurídicamente los servicios que se prestan por una persona natural o jurídica a través de una imagen o un lema; así las cosas, una alternativa que pueden tomar para proteger la imagen y nombre de una aplicación es registrar la marca de carácter nominativo o mixto y así acudir a requerimientos por uso indebido de la marca.
Por otro lado, las aplicaciones no son consideradas como software, no obstante, es posible proteger el contenido de la APP, esto se lleva a cabo a través del Régimen del Derecho de Autor, es decir, llevando a cabo el registro ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor para fines declarativos o probatorios, así las cosas, estamos hablando de proteger un contenido por medio de derechos de autor así que no es viable patentar la APP; el proceso de registro de derechos de autor se puede llevar a cabo en el siguiente enlace http://derechodeautor.gov.co:8080/obras-literarias.
Dr. Alejandra Rodríguez Espinosa