Reconocido en el marco del derecho a la privacidad y la autodeterminación los cuales son considerados derechos fundamentales según lo consagrado en la Constitución Política de Colombia es por ello que se debe tener claridad que cualquier ciudadano en primera medida debe tener la certeza que su información personal y sus datos estén publicados siempre y cuando medie la autorización correspondiente para ello como lo ha establecido la ley 1581 del año 2012, por lo tanto y pese a que este derecho no se encuentra reconocido en Colombia se está trabajando en la implementación según la Corte Constitucional esto en el entendido que la Organización Internacional de Naciones Unidas reconoce esta facultad en el titular de la información para el caso en particular que recaiga una investigación en su contra por lo cual podrá solicitar el olvido de conformidad a lo siguiente:
- Que considere que el derecho a la intimidad ha sido vulnerado en un proceso de investigación que altere la vida privada por los hechos que se le atribuyen.
- Que considere que al estar su información en navegadores de internet puede atentar contra la seguridad y la vida digna de su mismo o de su familia.