El Senado de la República aprobó mediante la Ley 2081 del 2021, la modificación del artículo 83 del Código Penal, el texto quedó así:
“Cuando se trate de delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales, o el delito consagrado en el artículo 237, cometidos en menores de edad, la acción penal será imprescriptible”
Lo anterior, permitiría que este tipo de delitos se podrían investigar y sancionar sin importar el tiempo en que hubiesen ocurrido los hechos en concreto.
Dr. Germán Gutiérrez Quintero