PRINCIPIO DE LA VERDAD PROCESAL

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 2 marzo, 2021
Actualizado 2021/03/02 at 5:41 PM

La verdad procesal, es la que surge del proceso y de elementos probatorios y convicción oportunamente alegados y allegados o decretados inoficiosamente por el juez. En derecho procesal importaba no la existencia del derecho sino su demostración en el proceso, en cuanto “tanto vale no tener un derecho, como no poder demostrarlo”.  Sin embargo, en el nuevo procedimiento se pretende la búsqueda de la verdad procesal material mediante facultades inquisitivas que ha de tener el juez al encontrar la sentencia de los hechos y de las defensas oportunamente alegadas.

Así las cosas, la finalidad del derecho es alcanzar la justicia en las relaciones que surgen entre las personas.  Movida por tal idea y acogiendo los nuevos rumbos de la legislación Colombiana, la Corte se ve obligada a reclamar expresamente de los jueces y magistrados el cumplimiento de los deberes que les imponen las leyes de procedimiento, relativamente a la debida y eficaz producción de las pruebas, en especial de la testimonial con segura autoridad, la importante facultad de decretar, siempre que sea menester, pruebas de oficio para que se alcance la realización del derecho material debido.

Dr. Alejandra Rodríguez Espinosa

Share this Article