Pena de muerte: crimen o justicia

Danna Piñeros Montenegro
Danna Piñeros Montenegro 24 marzo, 2021
Actualizado 2021/03/24 at 3:24 PM

Este tema, por su trascendencia en la sociedad ha sido inquietante durante mucho tiempo. En el siglo XIX, se comenzó a aplicar en las jurisdicciones de muchos Estados, pero la pregunta que queda es si esto se lleva acabo para administrar justicia o es simplemente venganza.

En algunos casos, los argumentos a favor se van a hacer desde el punto de la justicia y los argumentos en contra desde la venganza.

Por ejemplo, desde el punto jurídico a favor, todos somos iguales ante ley, por lo tanto, el autor de un crimen debe tener una pena igual o equivalente al daño causado. O en el caso en que la víctima no pude defenderse, entonces debe ser la sociedad quien defienda a la víctima, a través de un tribunal. Esta pena es de gran utilidad social, porque una persona piensa más en esta grave consecuencia y puede que logre disuadir la acción. Un argumento, que, en mi opinión, ayudaría mucho al hacinamiento carcelario, y más en Colombia, en donde este es un problema masivo en todas las cárceles nuestro país, que además de ser una doble punición criminales, no cumple con el objetivo final de la sanción penitenciaria, porque los retenidos no tienen oportunidades para resocializarse en la sociedad, por la falta de ayudas del gobierno; vale también la pena decir que el peligro de la fuga y de reincidencia del reo, seria nulo. Y, por último, al Estado de Colombia, le cuestan 13 millones de pesos, mantener a un recluso por año, por lo tanto, es más rentable esta pena.

Las razones de justicia en contra, Giorgio Del Vecchio decía que la historia de las penas es, por momentos, tan deshonrosa para la humanidad como la historia de los delitos [Del Vecchio 1947: 43]. Entonces, la muerte de la persona que cometió un delito no es el remedio idóneo. Y lo más perverso es que se estaría abogando por la justicia, pero detrás de esto se encontraría un sentimiento de venganza. No todas las personas que comenten delitos lo hacen con voluntad y con intención. La existencia de delitos graves, significa que esta pena no cumple una función de prevención general negativa, o sea, de intimidación a eventuales infractores, por muchas veces se actúa con pasión o pensando que nadie su crimen no va a ser descubierto. Cada vez el sistema penitenciario es más seguro, y con el gran avance tecnológico que tenemos hoy en día, se puede reducir considerablemente las fugas de los reclusos. En el caso de que haya un error judicial, si se aplica la pena capital, sería un error irreversible, lo cual, en mi opinión, es un argumento bastante importante, porque en el contexto en el que vivimos, los errores judiciales son más comunes que en otros países. En la relación costo-beneficio, todo el proceso para llegar a la condena tendría un valor considerable, además de ser de que los argumento a favor son bastante repudiables porque la vida de un ser humana no puede ser considerada económicamente. Y otro argumento contundente y preocupante, es que, en América Latina, esta pena llegaría a ser un poder que no sabrían controlar los Estados, tal vez se sobrepasarían y lo tomarían como un instrumento para convertir el país en una dictadura como paso en los ‘70.

Un ejemplo, que me llama mucho la atención es el caso de Singapur, ubicado en el continente de Asia. Este país era uno de los países con más índice de violencia y crímenes graves en el mundo. Había tráfico de drogas, impunidad, malos manejos del gobierno. Las mujeres sufrían de miedo al salir a las calles, por la violencia sexual era frecuente. Era una de las ciudades as sucias de Asia y con gran desorden vial. Con la llegado del siglo XXI, la tasa de terrorismo y suicidios era muy alta.

En 2004, con la llegada de Lee Hsien Loong, hijo mayor de Lee Kuan Yew, se produjeron grandes cambios como represivos y radicales, pues atacó fuertemente las drogas, la corrupción y las violaciones de mujeres, lo que produjo una reducción increíble de la inseguridad, siendo actualmente uno de los países más seguro del Asia.

Hace 12 años en las cárceles había más de 500.000 presos, pero seis meses después, sólo quedaban 50. Se adoptó la pena de muerte y el trabajo forzado para los criminales confesos, narcotraficantes y violadores eran los condenados a pena de muerte. Pero el gobierno fue más lejos todavía, decretó que toda figura pública corrupta (políticos, policías, militares, etc.) fueran condenado a muerte.

En el contexto colombiano, en que hay tanto de estos delitos antes mencionados, seria productivo llegar a analizar la posibilidad de que las penas carcelarias, fueran más severas. En cuanto, a la pena de muerte, en mi opinión estoy a favor de esta, en casos de violadores porque esto crearía una conciencia en una sociedad tan machista, a considerar sus actos dos veces. Pero creo que más allá del caso de Singapur, es muy difícil pensar que, si en Colombia se llega a aprobar esta pena, vaya a ser tan productiva como en Asia, porque la sociedad pensaría que, si el Estado mata, yo también podría hacerlo.

Como conclusión, las personas generan su propia dignidad que no se la concede la sociedad, ni el Estado, no la conceden las declaraciones de derechos por parte de asambleas políticas legítimamente constituidas; es anterior a las mismas. Aunque entre estos documentos se encuentra el derecho a la vida, que si este no se cumple otros derechos no pueden ser exigidos, por lo tanto, las personas deberán entender este derecho no como propietarias sino como administradores de este, por si bien ningún derecho es absoluto, ninguna persona puede disponer de la vida de otras personas. Entonces, el Estado se ve obligado a usar este instrumento como defensa propia, y como última instancia para casos muy extremos.

Pero no todos los países tienen un sistema carcelario tan avanzado como para hacer que los reos no vuelvan a reincidir, además un país que no sanciona a los delincuentes que han cometido delitos graves, tiene un poder judicial irresponsable, llegan a ser un sistema de protección para el delincuente. En base a lo anterior, se podría decir que solo para delitos muy graves, se aplicaría la pena de muerte, pero ¿qué principios de la bioética estarían implicados?, en mi opinión estarían la beneficencia, pero esta solo se aplicaría para la sociedad inocente, al sacar de esta a los criminales. Y la justicia, se vería en cuenta el sistema judicial fuera mesurado y racional en cuento, a la gravedad de la pena.

Share this Article