TRASLADO FONDO DE PENSIONES

Angelica Penagos
Angelica Penagos 29 marzo, 2021
Actualizado 2021/03/29 at 1:16 PM

La CORTE SUPREMA DE JUSTICIA dejo en claro nuevos lineamientos al precisar cuáles son los casos, en los cuales se puede permitir que una persona que  fue mal asesorada pueda hacer el cambio de régimen pensional, y de esta manera pueda volver al fondo que tenía.

Este pronunciamiento es relevante para el país ya que habría más de 350.000 personas que tienen procesos laborales ante la justicia solicitando que se permita su traslado a Colpensiones.

Estas personas alegan que cuando recibieron el asesoramiento para que se salieran de Colpensiones (entidad del Estado) y se trasladaron a un fondo privado o AFP, no fueron bien asesorados e informados sobre la mesada que recibirían una vez cumplieran requisitos para pensionarse.

La corte precisó quien puede y quien no puede reclamar mediante demanda en la justicia ordinaria laboral este cambio , esto es que, las personas que ya están pensionadas disfrutando de la mesada ya tiene un derecho  consumado, por lo cual retrotraer una decisión de este tipo generaría un sin número de problemas jurídicos y presupuestales para el sistema de pensión del estado, pero agrego que las personas que no están aún pensionadas,  deberían resolver en los juzgados laborales este derecho para hacer el respectivo cambio de régimen pensional.

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