A partir del pasado 05 de abril de 2021 hubo un cambio normativo en el registro de marcas, tramite el cual se realiza en la Superintendencia de Industria y Comercio, ahora los solicitantes de marcas que deseen reivindicar el color como característica distintiva de las mismas deberán declararlo y adjuntar una etiqueta a color indicando el nombre del color o colores reivindicados en la casilla dispuesta para tal fin.
Si el solicitante no desea reivindicar los colores así debe declararlo, deberá adjuntar en todo caso una etiqueta de la marca en blanco y negro. Esta nueva regla sobre la reivindicación de colores aplica para todos los tipos de marcas a solicitarse ante la SIC, con excepción de las marcas nominativas, sonoras, olfativas y de color.
De esta forma si, por ejemplo, se solicita una marca mixta o una marca figurativa deberá indicarse expresamente si se reivindica el color o colores de la marca.
Este cambio normativo permitirá tener una mayor certeza sobre el alcance de los derechos pretendidos y a concederse. Así que no espere más y tenga su marca registrada con todos los beneficios que trae esto.