La agencia es aquel establecimiento de comercio de una sociedad en la cual el administrador de esta NO tiene facultades de representación de la sociedad, es decir no tiene la potestad de actuar en nombre de la compañía.
Es de indicar que, al abrir una agencia, la sociedad tiene la obligatoriedad de registrarla ante Cámara de comercio, para lo cual deberá cumplir con los requisitos que se establecen a continuación:
- Presentar el acta donde conste la aprobación del órgano superior de la sociedad sobre la decisión de la apertura de la agencia.
- El acta debe indicar la información de identificación general del administrador de la agencia y la aceptación del cargo por parte de este.
- Copia del documento de identidad del administrador.
- Presente el formulario RUES, el cual está dispuesto por la Cámara de Comercio. (dicho formulario, tiene varios requisitos e información acerca de la actividad comercial que se realizara en la agencia)
Dr. Sandy Alvarez Palencia