La Resolución No. 222 del 25 de febrero del 2021 prorrogó la emergencia sanitaria decretada por la Resolución 385 de 2020 hasta el 31 de mayo del 2021, a consecuencia de esto se seguirán adoptando medidas para mitigar el contagio del Covid19, dentro de dichas medidas el Ministerio de salud y Ministerio de interior emitieron la circular conjunta del 19 de abril del 2021, en la cual se dictaron medidas aplicables desde el lunes 19 de abril hasta el lunes 03 de mayo del 2021, estas medidas, se dividen según el porcentaje de ocupación de las camas UCI en cada región del país.
Según las estadísticas de la Alcaldía mayor de Bogotá, a la fecha el porcentaje de camas UCI ocupadas es del 91.4% por lo cual la ciudad se encuentra inmersa dentro de las disposiciones del numeral 1.4 de la circular anteriormente mencionada, y allí se dispone que, durante el lapso de vigencia de la circular, se estará en pico y cédula y toque de queda desde las 6:00 pm y las 5:00am, dicha circular solo menciona restricciones a los sectores del comercio que se dedican a eventos de carácter público, discotecas, lugar de baile y lugares destinados al consumo de bebidas embriagantes.
No obstante, el decreto No. 157 del 25 de abril del 2021 determino que los establecimientos de comercio de que trata el numeral 1 del artículo 1, así como aquellos que prestan servicios no esenciales, funcionarán de forma exclusiva para prestar servicios presenciales en el horario comprendido entre las 5:00 a.m. y las 7:00 p.m, haciendo énfasis en respetar las medidas de bioseguridad, el pico y cedula y los toque de queda.