CERTIFICACIÓN SOBRE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL EN PROPIEDAD HORIZONTAL

Paula Tiusaba Robayo
Paula Tiusaba Robayo 13 mayo, 2021
Actualizado 2021/05/13 at 4:53 PM

De conformidad con la Ley 675 de 2011 señala que lo que tiene que ver con la certificación de existencia de representación legal de la persona jurídica, que la inscripción y posterior certificación sobre la existencia y representación legal de las personas jurídicas que surgen a la vida jurídica por mandato legal en materia de propiedad horizontal, corresponde al Alcalde municipal Distrital del lugar de ubicación del edificio o conjunto, o a la persona o entidad en quien fue delegada esta facultad.

Ahora bien, respecto de la inscripción se realiza mediante la representación ante funcionario o entidad competente de la escritura registrada de constitución del régimen de propiedad horizontal y los documentos que acrediten los nombramientos y aceptaciones de quienes ejerzan la representación legal, de los miembros del consejo de administración y del revisor fiscal, si los hubiere. También será objeto de inscripción la escritura de extinción de la propiedad horizontal para efectos de certificar sobre el estado de liquidación de la persona jurídica.

Dra. Paula Tiusaba Robayo

Actualidad Jurídica Empresarial

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