Frente a los procesos declarativos especiales, es oportuno señalar que los mismos se derivan de aquellas pretensiones que no están establecidas sobre un derecho cierto, pero que busca que el Juez por medio de sentencia o fallo reconozca el derecho solicitado y la existencia del mismo, a fin de hacer efectivas la reclamación del demandante.
Ahora bien, dentro de los procesos declarativos enunciados en el Código General del Proceso, se pueden localizar a partir del articulo 368, que para el caso puntual frente a los procesos declarativos especiales, encontramos los siguientes procesos: el de expropiación, deslinde y amojonamiento, proceso divisorio y proceso monitorio, donde cada uno de los procesos enunciados con anterioridad tiene un trámite procesal especial y diferenciado el uno del otro.
Dra. Paola Páez
Actualidad Jurídica Empresarial